Tipos de música y familias de instrumentos. Grupo MORADO
Escrito por Director David Ureta, domingo 26 de febrero de 2023 , 17:10 hs , en 6º de Primaria

El grupo morado de 6º B de Primaria nos hablan en este podcast sobre los tipos de música y familias de instrumentos.



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  • Alvaro Romero el lunes 4 de agosto de 2025, 12:06 hs

    ¿Debe una comunidad tener extintores y quién corre con el gasto?

    La pregunta parece sencilla, incluso trivial. Pero como tantas cuestiones aparentemente menores que afectan a la convivencia vecinal, su respuesta es más compleja de lo que aparenta. ¿Está obligada una comunidad de propietarios a tener extintores? ¿Y si lo está, quién paga la factura? En tiempos donde las normativas se afilan y los riesgos se multiplican, conviene tenerlo claro. Porque, al final, lo que está en juego no es solo el cumplimiento legal, sino la integridad física de quienes viven bajo el mismo techo.

    Extintores en comunidades de vecinos: una necesidad, no una opción

    La importancia de los extintores para las comunidades de vecinos hoy en día no se limita a cumplir una normativa. Va mucho más allá. Un fuego en un cuarto de contadores, en un trastero con disolventes o en un garaje con vehículos eléctricos mal conectados puede desatarse en segundos. Y en esos segundos, contar con un extintor cerca marca la diferencia entre sofocar un conato y ver cómo se convierte en tragedia.

    No hablamos solo de sentido común. La ley es clara: los edificios construidos o rehabilitados después de 1996 deben contar con sistemas de protección contra incendios, y eso incluye los extintores. Así lo establece el Real Decreto 2177/1996. Pero si quiere conocer a fondo los criterios técnicos, tipos de extintores, y cómo cumplir cada punto de la normativa sin tropezar, lo ideal es consultar la normativa sobre extintores en comunidades de vecinos.

    Normativa: lo que exige la ley en materia de extintores

    El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017) detalla cómo y dónde deben instalarse estos dispositivos. No basta con tener uno. Deben colocarse en zonas comunes visibles, accesibles y próximas a los puntos más susceptibles de incendio: escaleras, entradas, cuartos eléctricos, garajes o zonas de almacenaje. Y con un detalle no menor: la distancia entre extintores no puede superar los 15 metros.

    Además, la altura recomendada para su colocación es entre 80 y 120 cm sobre el suelo, para que cualquier persona pueda acceder a ellos sin dificultad. Este reglamento también recuerda que existen diferentes tipos de fuego (clases A, B, C, etc.) y, por tanto, diferentes tipos de extintores. No vale cualquiera. Es indispensable evaluar el riesgo y elegir el modelo adecuado, sin improvisaciones.

    Y para eso, la mejor recomendación es dejarse asesorar por profesionales. Por ejemplo, a través de distribuidores oficiales de extintores, que no solo suministran equipos homologados, sino que también ofrecen servicio de mantenimiento y asesoría legal.

    Ubicación y número: ¿cuántos extintores necesita una comunidad?

    Uno por planta. Esa es la regla general. Y si hablamos de edificios con pasillos largos, zonas comunes extensas o estructuras en forma de “L” o “U”, esa cifra se incrementa. La lógica es simple: ningún vecino debe tener que recorrer más de 15 metros para alcanzar un extintor. El tiempo, en una emergencia, cuenta por segundos.

    Se exige, además, que los extintores estén correctamente señalizados. No basta con colgarlos en la pared: deben estar acompañados de señales homologadas, claramente visibles y comprensibles, que indiquen su localización incluso en condiciones de humo o poca visibilidad. En este punto, la formación vecinal también cuenta: saber cómo actuar y usar el dispositivo correctamente puede marcar la diferencia.

    Y para estar al día sobre novedades, normativas europeas o buenas prácticas, nada mejor que consultar de forma habitual un blog sobre extintores, donde se recopilan consejos útiles, comparativas y actualizaciones legislativas relevantes.

    ¿Quién paga los extintores en una comunidad de propietarios?

    Aquí empiezan los debates en las juntas. La respuesta, sin embargo, es meridianamente clara: los extintores son un gasto común. Como los ascensores, el seguro del edificio o la limpieza de las escaleras. Su adquisición, instalación, mantenimiento y sustitución se sufragan con el fondo común de la comunidad. Y ningún propietario puede negarse a pagar su parte alegando que no los usa o que su vivienda no está cerca de uno.

    Este gasto incluye también las revisiones periódicas obligatorias, como la inspección visual trimestral, la revisión técnica anual y la retimbración cada cinco años. Todas estas operaciones deben ser realizadas por empresas autorizadas, que entreguen el correspondiente certificado técnico.

    En caso de mal uso o vandalismo —como utilizar el extintor para bromas, desperfectos o actos incívicos—, la comunidad puede reclamar el coste de la reparación o reposición al vecino responsable. Pero el coste inicial, así como el mantenimiento rutinario, corre por cuenta de todos.

    Extintores y prevención: más allá del cumplimiento

    No se trata únicamente de “cumplir con lo que dice la ley”. En una comunidad, los extintores representan una línea directa entre el riesgo y la respuesta. Son herramientas de autoprotección colectiva. Y como tales, su mantenimiento no debe descuidarse ni delegarse con ligereza.

    Las empresas instaladoras certificadas no solo venden equipos: ofrecen planes de mantenimiento, inspección técnica, sustitución inmediata en caso de uso, formación básica y seguimiento de normativas. Y eso, en comunidades con muchos vecinos, puede marcar una diferencia sustancial en la gestión de emergencias.

    Otros sistemas complementarios: la seguridad no acaba en el extintor

    En edificios más complejos —torres, residenciales con garajes o zonas de oficinas integradas—, los extintores pueden complementarse con detectores de humo, rociadores automáticos, sistemas de alarma sonora o puertas cortafuegos. Estas medidas, lejos de ser un lujo, son ya una necesidad técnica reconocida por normativas europeas.

    Además, la inversión en prevención repercute directamente en seguros más bajos, menos riesgos legales y, sobre todo, en tranquilidad. Porque si algo hemos aprendido en los últimos años, es que el fuego no avisa y que solo quien se anticipa puede proteger lo que importa.

    Responsabilidad compartida, seguridad colectiva

    La comunidad debe tener extintores. No como un adorno legal ni como un trámite más en las reuniones anuales, sino como una medida tangible de protección. Estar cubiertos ante un incendio no es una opción. Es una obligación legal, sí, pero también un acto de sentido común y corresponsabilidad vecinal.

    Que el coste sea común no debería generar conflicto, sino reforzar la idea de que todos vivimos bajo el mismo tejado. Y si ese tejado arde, el fuego no pregunta en qué piso vives o cuánto pagas de cuota. Por eso, mantener los extintores al día es tanto una exigencia como una forma de respeto entre vecinos.

    La prevención es el mejor seguro. No se ve, no hace ruido, no protagoniza las reuniones. Pero cuando se necesita, debe estar ahí, cargada y lista. Porque lo construido juntos, merece ser protegido juntos.